BOGOTÁ_ El Consejo de Estado ratificó la orden para que la Alcaldía de Zona Bananera, en el Magdalena, entregue ayudas humanitarias de emergencia a los pequeños productores de banano que perdieron sus cultivos como consecuencia de los fuertes vientos registrados entre mayo y agosto de 2026. La decisión busca proteger los derechos fundamentales de cientos de familias campesinas que dependen de esta actividad agrícola para su sustento.
El alto tribunal confirmó el fallo emitido el pasado 27 de agosto por el Tribunal Administrativo del Magdalena, luego de estudiar una acción de tutela presentada por productores pertenecientes a las cooperativas Emprebancoop, Coobafrio, Banafrucoop y Coobamag, quienes denunciaron la falta de atención institucional tras las emergencias climáticas.
De acuerdo con los registros oficiales, los vendavales ocurridos el 17 de mayo y el 6 y 12 de agosto provocaron la caída de plantaciones, daños en la infraestructura de las fincas y cuantiosas pérdidas económicas. La declaratoria inicial de calamidad pública identificó afectaciones a 2.300 personas, pertenecientes a 776 familias, así como daños en 221 hectáreas de cultivos.
Pese a la gravedad de la situación, los productores señalaron que no habían recibido las ayudas necesarias para superar la emergencia, lo que comprometió sus ingresos y las condiciones de subsistencia de sus hogares.
En su decisión, el Consejo de Estado amparó los derechos al mínimo vital, al trabajo y a la alimentación de los campesinos vinculados a las cuatro cooperativas, siempre que se encuentren incluidos en el censo oficial de damnificados.
Además de la entrega de asistencia humanitaria, el tribunal ordenó al municipio completar y adoptar un plan específico de recuperación productiva que contemple las acciones necesarias para rehabilitar las fincas afectadas. Este documento deberá precisar los responsables de su ejecución, los recursos presupuestales y un cronograma que permita avanzar en la recuperación económica de las familias.
La sentencia también mantiene las órdenes dirigidas al Ministerio de Agricultura, Finagro, el Banco Agrario y la Agencia de Desarrollo Rural para que brinden orientación a los productores sobre las alternativas de financiación disponibles.
No obstante, el Consejo de Estado aclaró que la decisión no implica la obligación de conceder nuevos créditos ni refinanciar automáticamente las deudas de los campesinos, pues estas solicitudes fueron declaradas improcedentes mediante la acción de tutela.
Con este pronunciamiento, las autoridades municipales deberán garantizar una respuesta efectiva a los pequeños productores damnificados, cuya recuperación resulta fundamental para proteger el empleo rural y la actividad bananera en una de las principales zonas agrícolas del Magdalena.







