SANTA MARTA_ El Ministerio de Salud del Gobierno de Gustavo Petro tiene lista una resolución que regularía la eutanasia y fijaría las condiciones para garantizar “el derecho fundamental a morir con dignidad”, contemplando además la adecuación de “esfuerzos terapéuticos”.
En un documento de más de 30 páginas, el cual está publicado en el portal web del Ministerio de Salud para recibir comentarios hasta el próximo 29 de diciembre, se explica el reglamento y los requisitos para que las personas puedan aliviar el sufrimiento y conservar la dignidad de la misma.
La resolución está elaborada con base en una sentencia de la Corte Constitucional (la C-239 de 1997), en la que se consideró que el derecho fundamental a vivir en forma digna implica el derecho fundamental a morir con dignidad y por esto, era deber estatal ceder frente al consentimiento informado del paciente que desea morir.
Inicialmente, la resolución expresa que la solicitud de eutanasia debe ser autónoma, voluntaria, informada, inequívoca y persistente. Por esto, “puede ser expresada de manera directa por el paciente por medio de una declaración verbal o escrita, y de manera indirecta a través de un Documento de Voluntad Anticipada – DVA, en los términos de la normativa vigente al momento de su suscripción. La solicitud de eutanasia en ningún caso puede ser sustituida”.
Para el caso de las personas mayores de edad en condición de discapacidad, a quienes se les dificulte comunicar la solicitud, el Ministerio aseguró que se les prestarán todos los apoyos y ajustes razonables que permitan la expresión voluntaria, libre, informada e inequívoca de esta. A ello se suman apoyos y ajustes mediante los cuales no se podrá sugerir, insinuar o buscar el asentimiento de consideraciones realizadas por terceros, incluyendo a los propios profesionales de la salud.
Asimismo, el documento deja en claro tres requisitos mínimos para expresar la solicitud de eutanasia: la presencia de una condición de salud extrema, referir “sufrimiento intratable e irremediable secundario a esta” y estar en condiciones de expresar la solicitud de manera directa.