BOGOTÁ_ Con el fin de controlar la contaminación acústica y establecer lineamientos que permitan regularla, se aprobó el cuarto debate de la ‘Ley contra el ruido’, en la plenaria del Senado.
Este proyecto de ley consta de 25 artículos, con los que además, planea estrategias de cultura ciudadana sobre este tema.
Las ciudades más ruidosas de Colombia son Bogotá, Medellín, Cali y Cartagena, según el reporte de la Red de Ciudades Cómo Vamos (RCCV). El diario El Tiempo mencionó que los habitantes de estas zonas del país han expresado su inconformidad con los niveles de ruido y que hay quienes consideran que se ha convertido en un problema ambiental.
Daniel Carvalho, representante a la Cámara por Antioquia, mencionó que con la aprobación del último debate del proyecto de ley contra el ruido, se dio “un gran paso hacia territorios más serenos y saludables”.
Esta nueva ley pondrá en práctica algunas estrategias para mitigar la contaminación auditiva en el país. Estas son algunas de las acciones que serán sancionadas por las autoridades ambientales o la Policía:
- Cuando el dueño de un establecimiento comercial genere contaminación acústica.
- Comportamientos relacionados con ruidos muy fuertes para una comunidad.
- Acciones que afecten la convivencia en una zona residencial, por ejemplo: sonidos fuertes que se generen en fiestas u otra actividad grupal.
- Si el infractor se niega a desactivar la fuente del ruido.
Carvalho aclaró que con la implementación de la nueva ley las fiestas no pararán, siempre y cuando no afecten las actividades o el descanso de las personas que viven a su alrededor, según El Tiempo.
“No hay ningún problema si una vecindad quiere hacer una fiesta(…). El problema es que un solo vecino saque un parlante y dañe la calma de todo un barrio. Es muy diferente una fiesta colectiva, concertada, de una comunidad, a dos personas en una esquina con un parlante sin dejar dormir a la gente”, explicó el representante.
Para aquellos ciudadanos que se nieguen a apagar el dispositivo que genere el ruido, las autoridades podrán intevernir para desactivarlo de manera temporal. Sin embargo, esta no es la única sanción.
La nueva ley también estipuló la imposición de multas para los que no cumplan con ella; el monto de estas puede varias dependiendo del tipo de infracción que comenta y se clasifican en generales y especiales, siendo esta última en la que pagarían más dinero, explicó El Tiempo.
Multas generales:
- Tipo 1: 2 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Tipo 2: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Tipo 3: 8 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Tipo 4: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Multas especiales:
- Actividades con aglomeraciones de público complejas: puede ir desde los 100 hasta los 800 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Infracción urbanística: va hasta los 25 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Contaminación visual o auditiva: 40 salarios mínimos diarios legales vigentes.
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