SANTA MARTA_ La Alcaldía Distrital expidió el Decreto 136 del 26 de julio de 2022, que en el primero de sus artículos restringe el tránsito y circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos en la zona urbana y rural de Santa Marta los días 30 y 31 de julio del presente año, entre las 3:00 de la tarde y las 3:00 de la mañana del día siguiente.
Asimismo, queda prohibida la movilización en vehículos y motocicletas de personas que porten disfraces con el rostro cubierto con máscaras, pasamontañas o cualquier elemento que impida su identificación o individualización.
PROHIBICIÓN AL USO DE ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS
Los días 28, 29,30, y 31 de julio del 2022 queda expresamente prohibido el uso, comercialización, venta, porte, tenencia y manipulación de elementos y artículos pirotécnicos elaborados o que contengan fósforo blanco. Estos materiales solo podrán ser manipulados por expertos técnicos o especialistas de reconocida trayectoria o que pertenezcan a empresas de fabricación o producción autorizadas por el Ministerio de Defensa Nacional y la Alcaldía Distrital única y exclusivamente en los eventos realizados en el marco de las Fiestas del Mar.
Tampoco se permitirá almacenar, distribuir y comercializar en el espacio público y zonas residenciales elementos que incorporen artículos pirotécnicos, fuegos artificiales, pólvora y globos con el fin de garantizar la vida de los ciudadanos, la integridad del espacio y evitar la afectación a terceros, entre otras consideraciones.
HORARIO DE ESTABLECIMIENTOS NOCTURNOS
Durante la celebración de las Fiestas del Mar 2022, el horario para el funcionamiento de discotecas, estaderos, estancos, cantinas, bares, casinos, tabernas, karaoke, restaurantes y casetas populares o que desarrollen actividades culturales o sociales será hasta las 4:00 de la mañana; lo mismo que las ventas de comidas rápidas y las ventas informales ambulantes o estacionarias de alimentos y bebidas en el espacio público; en tanto que las tiendas seguirán operando hasta las 11:00 de la noche.
OTRAS PROHIBICIONES
El Decreto 136 de 2022, expedido por la Alcaldía Distrital, en otro aparte de su articulado prohíbe la utilización de vehículos de tracción animal tirados por asnos, mulos o caballos, y en general, la utilización de toda clase de animales domésticos, bravíos o salvajes y silvestres en los diferentes desfiles que se programen para dichas festividades.
De igual manera, queda prohibida la utilización y venta de bebidas en envases de vidrio en los parques, espacios públicos, áreas de playa y eventos de masiva afluencia de público.
El mismo acto administrativo dispone que durante las fiestas se mantengan las medidas de bioseguridad vigentes para la prevención de la propagación del covid-19 establecidas por el Ministerio de Salud.